El mes de noviembre no tiene cambios en relación a los ítems remunerativos pero se deben cambiar los valores de las asignaciones familiares.
Asignaciones familiares
El 13 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº1729/2009 que aumentó las asignaciones familiares correspondiente a hijos, hijos discapacitados y prenatal. Según el artículo 2º del decreto estos aumentos deberán liquidarse en forma retroactiva al mes de octubre por lo tanto en este sueldo se deberán actualizar los valores de noviembre y la diferencia del mes de octubre.
Noviembre 2009
1) | Escala salarial vigente (Res. Nº 339/2008 – BO 03/04/08) | Agosto 2008 |
3) | FATERYH (CCT 378/04 - Art. 27 + Homolog. 106/09) | 1% de aportes para trabajadores 2,5% de contribuciones para el empleador. |
4) | Aporte Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) | 11% |
5) | Sueldo Mínimo Vital y Móvil (Resolución 2/2009 BO 04/8/09) | A partir del 1/8/09 $ 1400 por mes y $ 7,00 por hora A partir del 1/10/09 $ 1440 por mes y $ 7,20 por hora A partir del 1/01/10 $ 1500 por mes y $ 7,50 por hora |
6) | Asignaciones familiares (Dto. 1729/09 – BO 13/11/2008)
| A partir de octubre de 2009 aumentaron los topes salariales y los importes de las asignaciones familiares. Para los sueldos entre $100 y $2.400 se abonan $180 por hijo o prenatal y $720 por hijo discapacitado; entre $2.400,01 y $3.600 se paga $136 y $540; entre $3.600,01 y $4.800 se abona $91 y $360 respectivamente. Para los haberes superiores a $3.600 solo se abona en caso de hijo discapacitado $360. Matrimonio $900, nacimiento $600 y adopción $3.600 si la remuneración se encuentra entre $100 y $4.800.- Se debe verificar en la Autopista de Servicios del sitio www.anses.gov.ar si el consorcio de propietarios no fue incorporado al SUAF. |
7) | Feriados de Noviembre: | No hay |
8) | Doble indemnización (Dto 1224/2007 BO 11/9/07) | Se derogó la doble indemnización por el Decreto 1224/2007 publicado en Boletín Oficial Nº 31.136 el 11 de septiembre de 2007. |
9) | Formulario 931 (Res. 2407/08 y Dto. 1448/08) | Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Su Declaración On Line" o la versión vigente del SICOSS (Ver nota ¡Arriba Su Declaración! en BPN Nº). |
En diciembre aparecerán nuevas escalas salariales como lo indica el segundo punto del acuerdo homologado (16/07/09 Nº106/09): "a partir del mes de diciembre, el incremento pautado se integrará con los correspondientes proporcionales para la apertura de las categorías y conforme escala salarial que las partes confeccionarán para agregar a la presente acta". Recordamos que también en el mes de diciembre "se adecuarán los valores de los plus salariales de este convenio, en proporción a los porcentuales otorgados en este convenio".