Propietarios de Mar del Plata


APROPHMAR propone crear una fiscalía consorcial

La Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata (APROPHMAR) afirmó que "sería interesante aunar criterios para propiciar una fiscalía que atendiera la problemática de la propiedad horizontal y que contribuiría a descomprimir la ardua tarea de los tribunales". Esto lo publicó en una carta dirigida a los propietarios, a todos aquellos que viven en propiedad horizontal o simplemente que "estén interesados en el tema" <ver texto>.

La carta contiene 17 puntos de recomendaciones para una "buena gestión en los consorcios". El listado trata temas concernientes a los administradores, a los encargados y a los mismos propietarios. Sobre estos últimos, APROPHMAR sugiere que "deben implementarse drásticas medidas punitivas para aquellos propietarios que no observan las más mínimas normas de convivencia".

Las recomendaciones también hacen referencia a los administradores de consorcios. El punto 2 propone "que el mandato del administrador sea por un año indefectiblemente", mientras que el punto 3 indica que "finalizado el mandato, debe auditarse su gestión con un contador elegido por sorteo de aquellos inscriptos en el Colegio de Ciencias Económicas de Mar del Plata". El punto 7 establece que el administrador "no puede refinanciar deudas atrasadas por expensas de los consorcistas sin la previa autorización de una mayoría de las 2/3 partes de los presentes en la asamblea".

APROPHMAR le sugirió a los propietarios tener en cuenta que la documentación del consorcio le pertenece al mismo y debe garantizarse el libre acceso a la misma por parte de los propietarios que así lo soliciten sin restricción alguna y que de ninguna manera el administrador puede retenerla al finalizar su mandato. Por otra parte agregó "que la cuenta del consorcio debe estar a nombre de éste con la firma del administrador y dos propietarios en forma conjunta y penalizar severamente su no cumplimiento".

Por último, APROPHMAR señaló que, en lo concerniente al nombramiento de los encargados, estos "serán elegidos de entre los postulantes -previa verificación de sus antecedentes- por una mayoría de los presentes en asamblea".