FATERyH 0,5% más de contribuciones


A partir de este mes de diciembre de 2010, aumentarán las contribuciones de los empleadores del sector de la propiedad horizontal en un 0,5%. Así lo indica el Artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) Nº 589/10 que reemplazó al 378/04.

Según el CCT el objetivo de este servicio es brindar un espacio imparcial, tanto a trabajadores como a empleadores, donde se puedan negociar ambos intereses. Este servicio contará con un Consejo Directivo formado por seis integrantes titulares: tres representantes de los trabajadores (uno del SUTERH Buenos Aires y Gran Buenos Aires y dos de FATERyH) más tres en representación de los empleadores (uno por CAPHyAI, uno por AIERH y otro por UADI).

¿No era que se venía pagando hace un año?

Si bien Silvia Ghianda, miembro paritario y tesorera de la CAPHyAI, afirmó a Pequeñas Noticias el 19 de agosto de este año (BPN Nº 412) que "el 0,5% destinado al Servicio de Conciliación Optativa (SECLITO) se aprobó el año pasado y se viene pagando desde esa época" los propietarios deberán abonar desde este mes un 0,5% más de contribuciones patronales por el personal que trabaja en los consorcios.

Durante esa entrevista la administradora explicó también que el porcentaje destinado a este nuevo espacio "no se estableció en este convenio. Se aprobó el año pasado previendo armar este SECLITO".

Por último agregó que los administradores fueron suficientemente informados sobre el tema y a modo de ejemplo explicó que "yo fui informada por la Cámara y por el AIERH. Este año lo que se hizo fue organizar las bases de aplicación del porcentaje. Ahora no se incrementó lo que se pagaba y el aumento [que se erogará en los consorcios] es del 27,5% y nada más".

Cómo liquidarlo, paso a paso.

Al confeccionar las boletas para abonar los aportes y contribuciones correspondientes a SUTERH y FATERyH a partir de diciembre de 2010, está bien claro que algo es diferente. Si bien el mecanismo es el mismo, la presentación del sitio cambió de color, tipografía y tamaño. Aunque resulta un poco incómodo al principio y se extraña el botón para terminar una sesión y continuar con otra, los pasos son los mismos.

La gran diferencia con el anterior es que después de indicar los sueldos brutos de los distintos trabajadores se generan tres declaraciones juradas y tres boletas para pagar.

La primera corresponde a los aportes y contribuciones del Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) y aparece el logo y nombre de FATERYH.

En la nueva boleta se repite el mismo logo pero corresponde al fondo para el Servicio de Facilitación Optativa para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal que llamaron SERACARH Contribución, ya que lo abona solo la parte empleadora.

La tercer y última boleta es la correspondiente al SUTERH en la que se abona el aporte y la contribución para la Caja de Protección a la Familia (CPF) más el aporte sindical.

Las tres declaraciones juradas son idénticas por lo tanto es una pena tener que gastar tres hojas en la impresión o dos, si se imprimen en ambos lados. Con las boletas es lo mismo, se deben imprimir tres boletas con lo cual la impresora sigue trabajando horas extras.

Una pregunta constructiva: ¿no se podrá diseñar tanto las declaraciones juradas como las boletas de forma tal de imprimir una hoja para cada una? En una hoja, las tres declaraciones juradas y en otra hoja las tres boletitas a abonar. Hoy que está tan de moda cuidar el medio ambiente, no sería una mala idea y cada uno podría cortar la hoja en tres, total ¿qué le hace una mancha más al tigre?

La fría letra de la ley

El texto completo del Artículo 29 del CCT 589/10 dice: "En virtud de lo acordado en fecha 16 de abril de 2009, los representantes de la parte sindical, Federacion Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal, (FATERyH), los de la Asociacion Inmobiliaria de Edificios de Renta y Horizontal (AIERH), los de la Union Administradores de Inmuebles, (UADI) y los de la Cámara Argentina de La Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), resuelven crear el Servicio de Facilitación Optativa para Trabajadores y Empleadores de Renta y Horizontal. Es un servicio de facilitación y negociación laboral optativa, que funcionará en el marco de este convenio y del convenio vigente para los trabajadores/as de edificios de renta. Tiene por misión brindar a los trabajadores y empleadores un espacio imparcial, que posibilite la negociación de sus respectivos intereses. El Consejo Directivo estará conformado por seis integrantes titulares, tres por la parte sindical, de los cuales uno será del SUTERH Ciudad de Bs.As. y GBA y los otros dos de la FATERyH, los otros tres por la parte patronal que será, uno por la AIERH, otro por la UADI y otro por la CAPHyAI. Asimismo habrá dos integrantes suplentes, uno por la parte sindical y otro por la patronal. El Consejo Directivo aprobara el diseño y desarrollo del Servicio para su funcionamiento y homologación. Asimismo, a efectos de poner en marcha el Servicio, las partes acuerdan incrementar en un 0,5% el aporte empleador previsto en el artículo 27º de este convenio. A tal fin, la FATERyH destinara una cuenta especial para dicha recaudación, asignando los fondos necesarios para el funcionamiento del Servicio. Las partes estiman que este Servicio se implementará en un plazo de 180 días".