¿Dónde está escrito?
1.- | Rendición de cuentas: Liquidación de expensas, con desglose de gastos y cobranzas. (Artículo 1.909 del Código Civil). |
2.- | Proveer la recaudación: Cobranza de expensas. (Artículo 9 de la ley 13.512) |
3.- | Empleo de fondos: Realización de los gastos necesarios. (Artículo 9 de la ley 13.512 - artículos del Código Civil sobre el contrato de mandato 1929, 1930 y 1931). |
4.- | Guarda de la documentación y devolución a la finalización del contrato. (Artículo 1911 del Código Civil). |
5.- | De la remuneración: Cobrar honorarios por su tarea. (Artículo 9 inciso b de la Ley 13512). |
6.- | Contratar un seguro contra incendio. (Artículo 11 2º párrafo de la Ley 13.512). |
7.- | Representante legal: Actuar como único apoderado ante los distintos organismos. (Artículo 11 primer párrafo Ley 13.512) |
8.- | Libros obligatorios: Llevar libro de Administración y de Actas rubricado. (Artículo 5 del decreto 18734/49). |
9.- | Llevar el libro de Actas al día: Volcar lo deliberado en las Asambleas de propietarios conforme al artículo 10 de la Ley 13512 en el libro de Actas. (Art. 5 del decreto 18734/49). |
10.- | Certificaciones de actas: Confección de copias de las Actas para los propietarios que la soliciten. (Artículo 5 del decreto 18734/49). |
11.- | Certificados de deudas para escribanos, al momento de realizarse la trasnferencia de una unidad. (Artículo 6 del decreto 18734/49). |
12.- | Reclamo de deuda (carta documento y forma legal): Reclamo de expensas a deudores morosos (Artículo 9 de la Ley 13512 y Código Civil sobre funciones del mandatario). |
13.- | Libros obligatorios: Llevar libro de Sueldos y Jornales. (Artículo 52 de la Ley 20.744) |
14.- | Libros obligatorios: Llevar libro de Ordenes. (Artículo 25 de la Ley 12.981) |
15.- | Tener a cargo al personal del Consorcio e impartir las órdenes necesarias. (Artículo 23 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 306/98 y otros) |
16.- | Seguros de Accidentes del Trabajo: Elección de A.R.T. (Ley 24557) |